CAMBIO DE DIAGNOSTICO
Se indica cuando hay un cambio con el / los diagnósticos con los que se está autorizando
el tratamiento del paciente. En caso de haber un cambio de diagnóstico debe solicitarse
según las circulares 87, 88 y 104. Ubicadas en el menú Convenios/Obras sociales/IOMA.
Si fue un error al seleccionarlo del listado de diagnósticos y fue rechazado, puede
volver a enviarlo con el diagnóstico correcto.
CAMBIO DE MODULO
Se indica cuando hay un cambio de módulo en la solicitud de autorización sin previa
aprobación de auditoria.
En caso de haber un cambio de módulo debe solicitarse según las circulares 87, 88
y 104. Ubicadas en el menú Convenios/Obras sociales/IOMA.
Si fue un error al seleccionarlo del listado de diagnósticos y fue rechazado, puede
volver a enviarlo con el diagnostico correcto.
DOCENTE - CORRESPONDE A.R.T.
Se indica en el caso de disfonía en afiliados que figuran como docentes en el padrón
de IOMA, son rechazadas por estar contempladas en
la ART
, como enfermedad laboral. Para que sean reconocidos por
IOMA, el fgo. debe enviar por fax a AFALP la denegatoria de
la ART
o la certificación emitida por la institución educativa,
en caso de no cumplir función como docente.
EDAD
SIN COBERTURA
Se indica cuando
el paciente no alcanza o excede la edad establecida por convenio según el módulo
o diagnóstico.
Ver módulos prestacionales.
NECESITA RENOVACION
Se indica cuando
el paciente cumplió con el total de meses establecidos por convenio, según el diagnóstico
o módulo prestacional.
Recordamos que en el caso de audiología son dos prácticas anuales.
Si fuera necesario solicitar una ampliación de tratamiento
consultar las circulares 87, 88 y 104. Ubicadas en el menú Convenios/Obras sociales/IOMA.
SE AUTORIZA 1 TRATAMIENTO POR MES
Se indica cuando ya ha sido autorizado en el transcurso del mes.
Recordamos que no se puede autorizar más de un tratamiento fonoaudiológico dentro
del mes en curso.
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