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Jueves, 28 de Marzo de 2024 |
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C I R C U L A R E S V I G E N T
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Circular Nº 308 -
CUOTA SOCIETARIA
Informamos a los asociados que a partir del mes de Junio de 2015, la cuota
societaria mensual será de $ 75.
Destacamos que la misma no había sido modificada desde Junio de 2011, en un
esfuerzo significativo llevado a cabo por esta Asociación.
Dado el proceso inflacionario ocurrido desde entonces, resulta indispensable
realizar dicho incremento, para lograr equiparar los costos de la
infraestructura, optimizando así el funcionamiento Institucional.
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Circular Nº 201
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RESUMEN DE LIQUIDACIÓN
Informamos que a partir de septiembre 2011, los detalles de los depósitos estarán
disponibles en nuestra página web www.afalp.org.ar, para su consulta e impresión
(menú “Información”).
Dichos comprobantes serán impresos por AFALP solamente a pedido del prestador.
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Circular Nº 119
- RECIBOS POR HONORARIOS
Recordamos que los recibos deben efectuarse por el
monto depositado por AFALP. En el item “concepto”
debe detallarse la obra social y el mes de prestaciones.
En el caso de realizar un recibo por más de un depósito, debe discriminarse a qué
honorarios corresponde la suma.
Los datos de AFALP a consignar son:
Domicilio: Calle 39 Nº 323 – LA PLATA – Tel. 0221-4259281
CUIT: 30-61334867-7
IVA: Exento
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Circular
Nº 115
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Registro Nacional de Prestadores y Seguro de Mala Práxis
Teniendo en cuenta las exigencias
de todas las Obras Sociales con las que AFALP mantiene Convenio, le solicitamos
enviar a la brevedad la constancia de Póliza vigente de Seguro de Mala Praxis, como
así también, copia de la inscripción (o reinscripción) actualizada del Registro
Nacional de Prestadores de
la Superintendencia
de Servicios de Salud.
Recordamos que estos requisitos
se solicitaron al otorgarle el alta en los listados de prestadores y son indispensables
para facturar.
Comisión
Directiva
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Circular
Nº 102
- DETALLE DE FACTURACIÓN
Reiteramos el
pedido de no incluir dentro de la facturación, toda documentación que no corresponda
a lo necesario para facturar los afiliados que se presentan. Por ejemplo, no deben
adherirse solicitudes de prórroga, recibos, notas a la Comisión Directiva, etc.
Dichos papeles deben presentarse por fuera del gancho que une los comprobantes de
facturación.
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Circular Nº 95
-ENVIO DE BONOS
A partir del mes de noviembre de 2007, los
bonos remitidos por correo desde AFALP, saldrán en la última semana de cada mes.
Por tal motivo, se reciben
pedidos hasta la 3era. semana de cada mes.
Los mismos deben solicitarse
exclusivamente por escrito (nota, fax o e-mail). Se solicita pedir para dos meses.
Excepcionalmente, en el presente mes de
octubre, se envían bonos, con un cálculo estimativo, a aquellas prestadoras que
no los han solicitado aún, a fin de comenzar el cronograma dispuesto.
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Circular
Nº 94
- REQUISITOS
INDISPENSABLES DE FACTURACION
- Dados los reiterados errores
y falencias con que ingresan las facturaciones a nuestra sede, AFALP ha decidido
que a partir del 1º de Enero de 2008, las facturaciones que no cumplan con las normativas
establecidas, serán devueltas al profesional en forma completa.
REQUISITOS INDISPENSABLES DE FACTURACION:
- DECLARACION JURADA POR DUPLICADO
- Número de Matrícula Provincial en el margen superior derecho de la DJ
- LETRA DE IMPRENTA LEGIBLE
-
TODA LA FACTURACIÓN UNIDA
CON UN GANCHO DE DOS PATAS CON ARANDELA. En lo posible, perforar con agujereadora.
- SEPARAR CADA CATEGORÍA DE AFILIADO: una declaración jurada con
su duplicado, para los afiliados OBLIGATORIOS; otra declaración jurada con su duplicado,
para los VOLUNTARIOS INDIVIDUALES; otra declaración jurada con su duplicado
para los VOLUNTARIOS COLECTIVOS.
- COMPROBANTES NUMERADOS. Llámase comprobante a todo papel que no es planilla
de resumen o declaración jurada (orden, bono, fotocopia de carnet, certif. afiliatoria,
estudio, informe, etc.). Los mismos se numeran correlativamente en el ángulo superior
derecho. Ejemplo de numeración: orden de derivación: “1”; bono: “2”, informe: “3”;
orden siguiente paciente: “4”; bono: “5”, certificación afiliatoria: “6”; etc. (
en este caso, la cantidad a consignar en declaración es “6”).
- Los bonos deben contener todos los datos solicitados. Las firmas deben ser aclaradas
donde se requiera, así como el número de matrícula.
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Todas las enmiendas deben ser salvadas con firma y sello de quien corresponda:
las enmiendas en orden de derivación, salvadas por profesional derivante; los bonos
salvados por fonoaudiólogo.
- Los agregados en orden de derivación deben ser salvados con firma y sello del
profesional derivante.
- Las devoluciones de IOMA deben ser refacturadas con declaración jurada por duplicado
y acompañadas con la planilla del “Departamento de Auditoría y Fiscalización Médica
de IOMA, con que fueron devueltos.
Las devoluciones de la Asociación (que
no fueron ingresadas a la obra social), en caso de ser refacturables, se incorporan
a la presentación siguiente, no se facturan por separado.
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Circular
Nº 83 -
NORMAS DE
FACTURACIÓN GENERAL -
Ampliación de la circular Nº 50
Informamos a los profesionales que las prestaciones de todas las obras sociales,
incluso IOMA, podrán ser facturadas dentro de los dos
meses de realizada la práctica o de terminado el tratamiento mensual. Pasado
dicho plazo no serán abonadas.
Ejemplos:
Audiología: una práctica realizada el 15 de abril,
debe ser presentada los días de facturación de mayo (primeros días hábiles de mayo,
según corresponda a La Plata o Interior); pero puede ser presentada hasta los días
de facturación de junio. O sea,
fecha límite de presentación: 4 ó 5 de junio, según corresponda.
Rehabilitación: prestaciones de abril, deben presentarse
los primeros días de mayo, pero pueden presentarse como límite, los primeros días
de junio.En el caso de prestaciones realizadas
a lo largo de varios meses, se considerará la última sesión.
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Circular
Nº 77
- ENVIO DE BONOS - Rectificatoria de Circ. Nº 53
Informamos que por resolución de Comisión Directiva a partir del mes de Octubre/06
los socios activos no sufrirán el descuento por el gasto de envío de bonos. No así
los Adherentes, a quienes se descontará tal concepto de la liquidación de honorarios.
El servicio utilizado es "carta certificada" del Correo Argentino. Aquellos profesionales
que deseen otra alternativa de envío, solicitamos expresarlo por escrito.
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Circular Nº 66
- BANCO FRANCES
Recordamos condiciones relacionadas con las Cajas de Ahorros abiertas por AFALP
para el depósito de honorarios fonoaudiológicos.
- Las mismas NO son cuentas “Sueldo”.
- No pertenecen a
la Asociación
sino al profesional (AFALP sólo se encarga
de la gestión para la apertura).
- No tienen gasto de mantenimiento salvo que el profesional no reciba depósitos
de honorarios durante el lapso de 3 meses. En este caso el banco cobrará el importe
vigente de gs. de mantenimiento
- Operaciones en cajeros autómaticos del Banco Francés:
no tienen costo
- Operaciones en cajeros autómaticos de otros Bancos:
tienen costo
- Operaciones por ventanilla: tienen costo
- Operaciones en buzones de autoservicio del banco:
no tienen costo
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Circular Nº 31
- FACTURACION DE IOMA - Categoria
de afiliados
A partir de las prestaciones de ENERO de 2003, deberán facturarse
POR SEPARADO los pacientes según su categoría de afiliación (obligatorios,
voluntarios colectivos, voluntarios individuales).
Para identificar por el número de carnet:
- OBLIGATORIO:
el Número de carnet comienza con un número
- VOLUNTARIO INDIVIDUAL:
el Nº de carnet comienza con una letra de la A
a la I.
-
VOLUNTARIO COLECTIVO:
el Nº de carnet comienza con una letra de la J
a la Z.
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© Asociación de Foniatría, Audiología y Logopedia Platense
Calle 39 Nº 323 (e/ 1 y 2) Tel: (0221) 425-9281 - Autorizaciones (0221) 4896434 - Auditoría (0221) 4276264
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